Porotra parte, respecto de la responsabilidad subsidiaria por impago de la multa, en la STC 234/2007, de 5 de noviembre, FJ 5, reiter谩bamos: 芦Ciertamente, como este Tribunal se帽alara en su STC 19/1988, de 16 de febrero (en relaci贸n entonces con la regulaci贸n de la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el art. 91 CP 1973, en redacci贸n
LaAudiencia Provincial de Murcia ha dictado auto en un recurso de apelaci贸n estableciendo que, la responsabilidad personal subsidiaria m谩xima derivada del impago de una multa debe limitarse temporalmente, de acuerdo al principio de proporcionalidad, no debiendo superar la prisi贸n por impago a la privaci贸n de la
Ellosignifica que es posible suspender la ejecuci贸n de las penas de prisi贸n, localizaci贸n permanente y responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, una vez impuestas en sentencia. As铆 pues, la pena privativa de libertad impuesta o la suma de las impuestas no deben superar los dos a帽os de duraci贸n, sin que se pueda incluir
interesando" la aplicaci贸n de la responsabilidad personal subsidiaria". (sic) En lo testimoniado no consta escrito de la defensa SEGUNDO,. Se dict贸 entonces el 3.3.2020 que no otorga la suspensi贸n ordinaria de la pena de 9 meses de responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa impuesta a la ahora parte apelante , ni
Ysi se sustituye, por esa v铆a del art铆culo 53, la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa en localizaci贸n permanente (hay que recordar que para que se impongan trabajos en beneficio de la comunidad se requiere consentimiento del penado), dif铆cilmente ser谩 efectiva si precisamente se ha acordado en sentencia el
Lapena a la que ha sido condenada mi cliente no es superior a dos a帽os, por lo que se cumple la condici贸n que establece el art铆culo 80.2.b) del C贸digo Penal (CP). [ O bien, en caso de que el condenado haya sido condenado a una pena de prisi贸n de hasta cinco a帽os, pero cometiera el delito a consecuencia de su drogodependencia, y ahora se haya
Porello, los arts. 156 y ss. TRLC contemplan estos efectos, partiendo del principio general de vigencia de los contratos, al dejar claro que la declaraci贸n no es causa de resoluci贸n anticipada de ning煤n contrato, teniendo por no puestas las cl谩usulas que establezcan la facultad de la otra parte de suspender o de modificar las obligaciones o
Laresponsabilidad personal subsidiaria por impago de multa tendr谩 la naturaleza, seg煤n la que corresponda a la pena sustituida, como menos grave o leve. La duraci贸n de las penas accesorias ser谩 la misma que la de la principal, excepto que expresamente se disponga otra cosa en el CP.
Art铆culo33 1. En funci贸n de su e) La suspensi贸n de empleo o cargo p煤blico por tiempo superior a responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa tendr谩 naturaleza menos grave o leve, que supongan acortamiento de la condena, se ajustar谩n a lo dispuesto en las leyes y en condenado, el per铆odo de detenci贸n por
encasos de responsabilidad personal subsidiaria y ante la suspensi贸n de una mera localizaci贸n permanente. No alcanza, pues, a la multa ni a las penas privativas de derechos15, aunque ser铆a conveniente su extensi贸n16, al igual que ocurre en diversas legislaciones17, a otras sanciones como beneficio que se otorgue porque en el caso
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